La Justicia Frenó los Aumentos de Cablevisión, Fibertel y Personal
Informe ACUBA Coronavirus COVID-19
El día viernes 15 de enero de
2021 se ha dado a conocer una Resolución del Juzgado Civil y Comercial Nro. 10
de la ciudad de Mar del Plata, por la cual, la Jueza a cargo, Dra. Mariana
Tonto de Bessone en un fallo ejemplar, concedió una medida cautelar innovativa
que ordena a la empresa TELECOM ARGENTINA S.A., a retrotraer el valor de sus
servicios de Cablevisión, Fibertel y Personal a los precios vigentes al 31 de
diciembre de 2020 a los cuales podrá adicionar como máximo un cinco por ciento
(5%), y a mantener dichos valores hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
En
la citada causa, la Asociación de Defensa de Consumidores marplatense ACUBA, a
través de una presentación Judicial realizada por intermedio de sus letrados,
Dres. Ariel Vieira y Rafael Luena, cuestionó la decisión unilateral e ilegal de
la empresa de aumentar el valor de sus servicios de televisión por cable
(Cablevisión), internet (Fibertel) y de telefonía fija y móvil (Personal), a
partir del 1ro de enero de 2021, a valores muchísimo mayores a los autorizados
por la autoridad de aplicación, como es el ENACOM.
Recordemos
que los servicios de telefonía fija y móvil, así como internet y el cable, han
sido recientemente declarados como públicos y esenciales, en virtud del DNU
690/20, por representar la fuente de acceso al conocimiento, a la educación, a
la información, a la comunicación y al entretenimiento, con el fin de reducir
la brecha digital y así también fundado en el actual contexto de PANDEMIA por
la propagación del virus COVID19.
Este
Decreto delega en el ENACOM la potestad de autorizar los aumentos de precios en
los citados servicios. Así se dictó la Resolución 1466/20 (BO 21-12-2020) por
medio de la cual se autorizó el aumento de precios de estos servicios públicos
esenciales en sus distintas modalidades, DE HASTA EL 5% COMO MÁXIMO a partir
del mes de Enero de 2021, con relación a los precios vigentes al 31-07-2020
(congelados por el DNU 690/20 hasta el 31-12-2020).
Que
a pesar de ello, desde la asociación hemos visto con mucha preocupación y
asombro que las principales empresas del rubro de las denominadas TICs, entre
las que figura TELECOM ARGENTINA S.A., han decidido unilateralmente e
ilegalmente APLICAR AUMENTOS MUY SUPERIORES AL 5%, QUE LLEGAN HASTA EL 25%,
violando de este modo la normativa vigente y por ende, los derechos de las y
los consumidores, lo que motivó la presentación judicial que recayera en el
Juzgado de la Dra. Tonto de Bessone.
Con
el dictado de esta medida cautelar innovativa, la Justicia le pone un freno a la
especulación de la empresa, que hace abuso de su posición dominante y
monopólica, aprovechando la situación de extrema preocupación de la ciudadanía
por la propagación del Coronavirus, cuya única medida eficiente y recomendable
para evitar la escalada de contagios y muertes es que la población se quede en
su casa. Bajo este contexto, la empresa dominante del servicio de telefonía,
internet y televisión aplicó aumentos no autorizados, desproporcionados e
ilegales, pero que ahora la Justicia le impone retrotraer sus precios y
adecuarlos al tope máximo del 5% que autorizó el ENACOM.
Estas
son las causas realmente efectivas, por la dimensión de la transferencia de
sumas de dinero del bolsillo de cada consumidor, que representan millones de
pesos en favor de las arcas de la empresa, y que gracias al accionar de las tan
necesarias Asociaciones de Consumidores podemos celebrar que los derechos de las
y los usuarios estén siendo atendidos por los estamentos de la Justicia.
Mar del Plata, 16 de enero de 2021
CPN Gerónimo
Rossi
Presidente ACUBA